¿Cuántos años debo cotizar para jubilarme?

jubilación

En función del tipo de jubilación al que se acoja el trabajador, deberá tener cumplida una edad y haber cotizado un número de años.

La jubilación es una etapa muy esperada por muchos trabajadores, ya que supone el fin de la etapa laboral. En función del tipo de jubilación, existen diferentes edades de jubilación y requisitos relacionados con el número de años cotizados.

Comenzando por la jubilación ordinaria, para poder cesar la actividad laboral en el presente año es necesario tener cotizados 38 años o más para acceder a la misma con 65 años. Si se tiene menos cotizado, la edad de jubilación se incrementa hasta alcanzar los 66 años y 6 meses. Hasta el año 2027 irá creciendo el periodo de cotización necesario para jubilarse con 65 años.

Por su parte, para acceder a la jubilación anticipada hay que tener en cuenta que los requisitos varían en función de si esta es forzosa o voluntaria. En este último caso será posible acceder a ella con 63 años, necesitándose de igual modo un mínimo de 38 años cotizados, de los cuales al menos dos deben encontrarse en los quince inmediatamente anteriores.

Si se trata de una jubilación anticipada forzosa, los años cotizados requeridos son los mismos (38) y se puede acceder desde los 61 años, si bien hay algunas excepciones que permiten jubilarse con solo 15 años cotizados, como sucede en aquellos casos en los que se proviene de un trabajo que tiene la consideración de penoso o si se padece un mínimo de un 45% de discapacidad. También se puede acceder a esta última en el caso de que se haya cotizado por ejercer la tauromaquia o por haber sido artista, bombero, mutualista o Ertzaintza.

Años de cotización necesarios para una jubilación parcial o flexible

Además de las dos modalidades mencionadas, es posible acceder a una jubilación parcial, donde el número de años cotizados para cobrar la pensión variarán en función de las circunstancias profesionales de cada uno. Si no existe un contrato de relevo, será posible jubilarse con solo 15 años cotizados, de los cuales dos deben estar englobados dentro de los quince años inmediatamente anteriores a la solicitud, y tener la edad ordinaria de jubilación.

Por el contrario, dado el caso de que se trata de una jubilación parcial con contrato de relevo, será necesario tener 64 años y 33 años cotizados, o bien tener 62 años y 6 meses cuando la cotización sea igual o superior a 36 años. En el caso de los mutualistas se puede acceder una vez cumplidos los 60 años.

En lo que respecta a la jubilación flexible, con la cual los jubilados tienen la posibilidad de compatibilizar una prestación de jubilación con un trabajo a media jornada o varios que puedan sumar, en su conjunto, lo equivalente a media jornada. Para poder acceder a este tipo de jubilación se necesita un mínimo de 15 años cotizados, con dos de ellos comprendidos en los quince anteriores a la solicitud de la jubilación flexible.

Por otro lado, en lo que respecta a los años de cotización necesarios para cobrar la pensión mínima, los requisitos de jubilación no difieren o no al cobrar esta, de manera que, tal y como fija la ley, se deben haber cotizado 15 años. De ellos, dos deben encontrarse dentro de los últimos 15 años anteriores a la solicitud de la jubilación.

Lo que fija el importe de la pensión son las bases de cotización, a partir de las cuales se puede conocer la base reguladora para calcular la mensualidad, de forma que cuántas más bajas sean las bases de cotización, de menor cuantía será la pensión. Para el cálculo de la pensión se tienen en cuenta los años cotizados, ya que estos indican el porcentaje de la base reguladora que te corresponde.

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